HORZONTAL DENTRO DE NOTA  - 700x80 SUPERIOR

El CECIM La Plata intimó al canciller Quirno frenar la ruta logística Chile–Malvinas

La acción legal apunta de lleno al acuerdo formalizado el 3 de septiembre entre la Municipalidad de Punta Arenas, la Falkland Islands Development Corporation (FIDC) y la navierna chilena Easter Island.

10 de septiembre de 2026 13:01

La intimación formalmente se realizó ayer, mediante carta documento al ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Pablo Quirno, otorgándole un plazo perentorio de 72 horas para que aplique de inmediato el marco legal vigente.

El Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM La Plata) intimó formalmente ayer y mediante carta documento al ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Pablo Quirno, otorgándole un plazo perentorio de 72 horas para que aplique de inmediato el marco legal vigente e impida la puesta en marcha de la ruta comercial marítima entre Punta Arenas y Puerto Argentino. 

La acción legal apunta de lleno al acuerdo formalizado el 3 de septiembre entre la Municipalidad de Punta Arenas, la Falkland Islands Development Corporation (FIDC) y la firma chilena Easter Island Naviera. Como denunció el CECIM, la apertura de este enlace no responde a un mero intercambio comercial civil: constituye el cordón umbilical logístico que busca viabilizar y abaratar el expolio petrolero del proyecto Sea Lion en la cuenca norte de nuestras islas.

La exigencia de aplicar las leyes vigentes

El planteo de los veteranos de guerra de La Plata desarma cualquier excusa de inacción burocrática al recordar que el propio Gobierno nacional publicó el pasado 4 de septiembre el Decreto 868/2026. Dicho instrumento legal reglamentó el régimen de sanciones de la Ley 26.659 (modificada por la Ley 26.915) y designó expresamente a la Cancillería como la autoridad de aplicación, fijando plazos perentorios de cinco días hábiles para los reportes de organismos públicos y diez días hábiles para descargo y resolución. 

"Dicho sin eufemismos: el instrumento fue puesto sobre su escritorio hace cuatro días", le espetó el CECIM al canciller Quirno, remarcando que el deber ministerial no es una facultad discrecional sino una competencia irrenunciable y obligatoria. 

A su vez, la carta documento detalla que la maniobra admitida por el alcalde de Punta Arenas, Claudio Radonich, respecto a que el barco operará con "otra bandera", no disimula el propósito sino que lo confiesa. La intimación exige el cumplimiento estricto del Decreto PEN 256/2010 —que impone la autorización previa del Estado argentino a cualquier buque que transite hacia las islas o atraviese aguas jurisdiccionales con ese destino— y la Declaración de los Estados Partes del Mercosur y Asociados de Montevideo de 2011, mediante la cual Chile se comprometió a impedir el soporte portuario a la ocupación colonial.

Las nueve medidas exigidas en el plazo de 72 horas

Bajo apercibimiento legal, el CECIM intimó al titular de la diplomacia argentina a disponer y acreditar formalmente nueve puntos de acción inmediata:


1.     Protesta formal a Chile: Instruir a la Embajada argentina en Santiago para exigir el cumplimiento del acuerdo de Montevideo de 2011 y el cese de toda facilitación de la explotación colonial.

 

2.     Reclamo a Londres: Elevar la protesta formal ante el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

 

3.     Procedimiento sancionatorio Ley 26.659: Iniciar el proceso sancionatorio contra Easter Island Naviera, Easter Island Logistics, la FIDC y todas las personas físicas o jurídicas que integren la cadena de transporte, aprovisionamiento o servicios a la operatoria, aplicando inhabilitaciones y la inscripción en la nómina pública de infractores.

 

4.     Bloqueo en puertos nacionales: Notificar la nómina de empresas infractoras a la Secretaría de Energía, ARCA, la Administración General de Puertos y los puertos provinciales para cerrarles el acceso a cualquier terminal argentina.

 

5.     Aviso a los mercados bursátiles: Notificar a las bolsas internacionales donde cotizan las corporaciones asociadas al proyecto Sea Lion sobre el riesgo legal y penal que pesa sobre sus contratistas.

 

6.     Denegatoria de navegación: Instruir a la Prefectura Naval Argentina para hacer cumplir con rigurosidad el Decreto 256/2010 y denegar cualquier autorización de paso hacia las islas.

 

7.     Interpelación regional: Solicitar en el ámbito del Mercosur la reafirmación del compromiso regional, con expresa interpelación a Chile.

 

8.     Denuncia en foros multilaterales: Elevar la cuestión ante la ONU, el Comité Especial de Descolonización, la Celac y los países miembros de la Zona de Paz y Cooperación del Atlántico Sur.

 

9.     Rendición de cuentas pública: Informar públicamente el estado de avance de cada una de estas gestiones.

 

El costo soberano de la inacción

La carta documento enviada a Pablo Quirno sintetiza el núcleo del debate geopolítico que se libra en las costas australes con una definición lapidaria: "La soberanía que no encarece el saqueo no lo detiene: lo subsidia". 

Con la advertencia de que una delegación de ocupantes británicos arribará a Punta Arenas los días 28 y 29 de septiembre para cerrar la operatoria con miras al primer viaje en noviembre, el tiempo burocrático de la Cancillería se agotó. Frente a la abierta complicidad regional y los intereses corporativos que operan en Magallanes, los excombatientes han fijado un límite institucional claro: el cumplimiento estricto de la ley argentina no se negocia.

 

Tags

Otras noticias de Nacionales

Te puede interesar

COMENTARIOS

Aún no hay comentarios

Inicia sesión o regístrate para comentar.