HORZONTAL DENTRO DE NOTA  - 700x80 SUPERIOR

Gran Bretaña falsea el mandato de las Naciones Unidas para justificar el robo petrolero en Malvinas

Mediante un documento oficial ingresado en las actas de la Asamblea General, el Reino Unido rechazó las declaraciones del presidente argentino. Intenta legitimar el avance de Sea Lion y descalificar las sanciones judiciales del continente, forzando una interpretación arbitraria del derecho internacional, asegurando que las resoluciones históricas de Naciones Unidas avalan el “libre comercio” y el desarrollo económico unilateral de la colonia.

23 de septiembre de 2026 18:05

El gobierno del Primer MInistro, Andy Burnhnam; intenta dar garantías a armadores, aseguradoras y prestadores de servicios logísticos internacionales que enfrentan contingencias legales reales.

La confrontación diplomática abierta entre la República Argentina y el Reino Unido sumó en las últimas horas un documento revelador. Tras el discurso del presidente Javier Milei ante la 81ª Asamblea General de las Naciones Unidas —donde denunció la inacción del organismo frente a la ocupación colonial y advirtió a las multinacionales petroleras que el país tomará cartas en el asunto—, la delegación británica solicitó asentar una declaración formal en el registro de actuaciones del cuerpo.

 

 

El texto británico no solo ratifica la doctrina colonialista de condicionar cualquier diálogo al consentimiento de los habitantes implantados invocando el referéndum de 2013, sino que expone en su tramo final una deliberada manipulación jurídica destinada a otorgar un paraguas de legalidad a las operaciones de Navitas Petroleum y Rockhopper Exploration en la Cuenca Malvinas Norte.

La tergiversación de las resoluciones 2065 y 31/49

En el núcleo de su argumentación, el gobierno británico sostuvo textualmente que:

“El desarrollo de los recursos hidrocarburíferos de las Islas Malvinas es un emprendimiento comercial legítimo regulado por la legislación del Gobierno de las Islas Malvinas, en estricta conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. La legislación interna argentina no se aplica a las Islas Malvinas. La Resolución 2065 de la Asamblea General de las Naciones Unidas no prohíbe el desarrollo económico ni desplaza el derecho de autodeterminación de los isleños. Del mismo modo, la Resolución 31/49 no limita ni elimina los derechos de los isleños a determinar libremente su estatus político y procurar libremente su desarrollo económico, social y cultural. Los continuos esfuerzos para obstruir y hostigar a las empresas internacionales involucradas en los hidrocarburos de las Islas Malvinas (...) son un intento totalmente inaceptable de ejercer jurisdicción extraterritorial, y no tienen justificación alguna en el derecho internacional. Además, resultan obstructivos para el comercio global e inconsistentes con el libre comercio”.

La lectura forzada que ensaya Londres contradice frontalmente la letra y el espíritu del andamiaje multilateral que rige la controversia:

  • Desnaturalización de la Resolución 2065 (XX): Adoptada en 1965, la norma fundacional reconoció expresamente la existencia de una disputa territorial entre la Argentina y el Reino Unido, encuadrándola en el marco de la descolonización. El texto excluye de manera categórica la cláusula de autodeterminación —al tratarse de una población trasplantada tras el quebrantamiento de la integridad territorial argentina en 1833— y establece que las negociaciones deben atender únicamente a los “intereses” de los pobladores y no a sus “deseos” políticos.
  • Vulneración flagrante de la Resolución 31/49: Aprobada en 1976 por abrumadora mayoría, la norma insta a ambas partes a “abstenerse de adoptar decisiones que entrañen la introducción de modificaciones unilaterales en la situación”. Al calificar la prospección, perforación y adjudicación de bloques marítimos en la plataforma continental argentina como meros “emprendimientos comerciales legítimos de libre comercio”, Gran Bretaña busca disimular que la entrega de concesiones unilaterales constituye la violación más grave al congelamiento del statu quo exigido por la Asamblea General.

 La desesperación por frenar el impacto judicial del continente

El tono de la respuesta británica delata una preocupación operativa concreta: neutralizar el cerco legal y financiero que se profundizó en las últimas semanas sobre el proyecto Sea Lion. Al acusar a Milei de “obstruir y hostigar” a contratistas internacionales y tachar las leyes locales de “extraterritoriales”, Londres intenta dar garantías a armadores, aseguradoras y prestadores de servicios logísticos internacionales que enfrentan contingencias legales reales.

La advertencia británica busca contrarrestar la medida cautelar de la jueza federal de Río Grande, Mariel Borruto, que ordenó la paralización de las obras preliminares en Malvinas Norte, así como las intimaciones de Cancillería y el proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía que tramita en el Congreso, donde se fijan multas de hasta USD 306 millones atadas al valor del barril WTI y penas de prisión efectiva para los directivos que participen en la cadena de suministros.

Al pretender subordinar mandatos expresos de la Carta de la ONU a conceptos difusos de “libre comercio” corporativo, el Reino Unido expone la fragilidad de su título: un andamiaje colonial que depende de forzar los textos de Naciones Unidas para sostener la apropiación ilícita de los hidrocarburos en el Atlántico Sur.

 

 

RESPUESTA DEL REINO UNIDO A LA DECLARACIÓN ARGENTINA EN LA ASAMBLEA GENERAL

El 23 de septiembre, durante el punto ocho del orden del día del octogésimo primer período de sesiones de la Asamblea General, el Presidente de la Argentina hizo referencia a la soberanía del Reino Unido sobre las Islas Malvinas (Falkland Islands) y las Islas Georgias del Sur y Sandwich del Sur, a raíz de lo cual el Reino Unido desea asentar la siguiente declaración en el registro oficial de las actuaciones:

El Reino Unido no tiene dudas sobre su soberanía sobre las Islas Malvinas (Falkland Islands) y las Islas Georgias del Sur y Sandwich del Sur, y las áreas marítimas circundantes de ambos territorios. El Reino Unido es firme en su respaldo al derecho de autodeterminación de los habitantes de las Islas Malvinas (Falkland Islanders). Este derecho está delineado en la Carta de las Naciones Unidas y consagrado en el Artículo 1 de los dos Pactos de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Los habitantes de las Islas Malvinas tienen tanto derecho a determinar su estatus político y procurar libremente su desarrollo económico, social y cultural como cualquier otro pueblo.

La Argentina se refiere periódicamente a resoluciones de las Naciones Unidas y a declaraciones diplomáticas regionales, llamando a negociaciones de soberanía sobre las Islas Malvinas. Sin embargo, estas no modifican ni diluyen la obligación de las naciones de respetar el derecho jurídicamente vinculante a la autodeterminación.

La relación del Reino Unido con las Islas Malvinas, y con todos sus Territorios de Ultramar, es una relación moderna basada en la asociación, valores compartidos y el derecho de la población de cada territorio a determinar su propio futuro. La Argentina continúa negando que este derecho humano fundamental se aplique al pueblo de las Islas Malvinas, y busca activamente oportunidades en foros internacionales para hacer valer su reclamo de soberanía. Este comportamiento es totalmente incompatible con los principios establecidos en la Carta de las Naciones Unidas y no es el comportamiento que esperamos de una democracia.

En 2013, los habitantes de las Islas Malvinas celebraron un referéndum sobre el futuro de las Islas Malvinas. El resultado del referéndum fue que, con una participación del 92%, el 99,8% votó a favor de mantener el estatus actual de las Islas como territorio autónomo del Reino Unido. El referéndum fue supervisado por observadores independientes de Canadá, los Estados Unidos, Nueva Zelanda, Uruguay, Chile y Brasil.

Por lo tanto, los isleños han dejado en claro su abrumador deseo de que las Islas Malvinas sigan siendo un Territorio de Ultramar del Reino Unido. No puede haber diálogo sobre soberanía a menos que los habitantes de las Islas Malvinas así lo deseen.

El Gobierno del Reino Unido apoya de manera constante el derecho de los habitantes de las Islas Malvinas a desarrollar sus recursos naturales. Esto es parte integral de su derecho a la autodeterminación. El desarrollo de los recursos hidrocarburíferos de las Islas Malvinas es un emprendimiento comercial legítimo regulado por la legislación del Gobierno de las Islas Malvinas, en estricta conformidad con la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. La legislación interna argentina no se aplica a las Islas Malvinas.

La Resolución 2065 de la Asamblea General de las Naciones Unidas no prohíbe el desarrollo económico ni desplaza el derecho de autodeterminación de los isleños. Del mismo modo, la Resolución 31/49 no limita ni elimina los derechos de los isleños a determinar libremente su estatus político y procurar libremente su desarrollo económico, social y cultural.

Los continuos esfuerzos para obstruir y hostigar a las empresas internacionales involucradas en los hidrocarburos de las Islas Malvinas, y de hecho en otras industrias de las Islas Malvinas, son un intento totalmente inaceptable de ejercer jurisdicción extraterritorial, y no tienen justificación alguna en el derecho internacional. Además, resultan obstructivos para el comercio global e inconsistentes con el libre comercio.

 

Tags

Otras noticias de Internacionales

Te puede interesar

COMENTARIOS

Aún no hay comentarios

Inicia sesión o regístrate para comentar.