A través de una resolución firmada este martes 27 de octubre y formalmente notificada en las últimas horas, la titular del Juzgado Federal de Primera Instancia de Río Grande, Mariel Borruto, admitió la intervención de la provincia en la causa colectiva contra el consorcio Sea Lion, pero le impuso una condición procesal concluyente: actuará con facultades limitadas, de manera accesoria y subordinada a la demanda original interpuesta por los excombatientes del CECIM La Plata y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas.
En el mismo pronunciamiento, la magistrada ratificó la plena vigencia de la medida cautelar dictada el 16 de septiembre, ordenando a las corporaciones Rockhopper Exploration plc (Reino Unido) y Navitas Petroleum (Israel) abstenerse de iniciar, continuar o ejecutar cualquier tipo de perforación en la plataforma continental, obras de infraestructura submarina, despliegue de unidades flotantes de producción (FPSO) o construcción de facilidades terrestres y portuarias de soporte hasta tanto no medie una Declaración de Impacto Ambiental tramitada ante las autoridades competentes.
Un ingreso forzado tras una década de silencio oficial
La comparecencia de la Fiscalía de Estado en el amparo impulsado por el CECIM La Plata y los Abogados Ambientalistas no fue un arranque de celo soberano del Poder Ejecutivo: fue una respuesta obligada ante el doble acorralamiento del Poder Judicial y el parlamento local.
Al dictar la medida cautelar el 16 de septiembre, la propia jueza Mariel Borruto intimó y corrió vista formal al Fiscal de Estado fueguino para que compareciera y remitiera los antecedentes técnicos disponibles. A esa manda judicial ineludible se sumó días después la Legislatura provincial, que mediante una resolución aprobada a instancias del bloque Provincia Grande conminó al gobernador Gustavo Melella a intervenir en el expediente en un plazo no mayor a 30 días.
El trámite dejó al descubierto una década de inacción. Desde que en 2015 el Estado nacional y la Justicia Federal de Río Grande promovieron embargos e imputaciones bajo la Ley 26.659 en la causa 5183/15, ni la gestión de Rosana Bertone (2015-2019) ni los dos mandatos de Gustavo Melella (2019-2027) se constituyeron como querellantes activos para perseguir penalmente la expoliación petrolera sobre territorio fueguino. La reacción tardía recién se forzó tras la reapertura del debate en septiembre.
Al resolver la presentación provincial del 23 de septiembre, la jueza Borruto le marcó la cancha al Ejecutivo: le otorgó un rol subordinado y accesorio a la demanda de los excombatientes, limitando su alcance a la tutela ambiental colectiva y vedándole introducir reclamos resarcitorios propios. A su vez, desestimó por ahora exigir cauciones a Rockhopper y Navitas, y le cerró la puerta al pedido de convocar al Estado nacional al proceso.
El fallo consolida un cerrojo judicial doméstico en vísperas de las audiencias del 10 y 11 de noviembre ante el Tribunal del Mar de Hamburgo: mientras se clausura cualquier vía para convalidar obras en la Cuenca Malvinas Norte, la provincia debió ser arrastrada por los estrados para defender el lecho soberano que su propia Constitución le encomienda custodiar.